Transporte de yates: disciplina nacional e internacional comparadas

 

¿Cómo se encuadra el transporte de yates y otras embarcaciones en el marco normativo europeo?

La protección de la seguridad en el mar es un deber de la política de navegación marítima. El transporte de barcos, el transporte de yates y de cualquier otro medio de transporte afín, no puede prescindir de la protección de los pasajeros, si los hubiera. Se trata de un fundamento sobre el que se construye cualquier disciplina que se aplique a dicha relación jurídica. Del mismo modo que no se puede prescindir de la protección del medio ambiente marino y de las regiones costeras, que representan el contexto natural en que se lleva a cabo el transporte de yates. Dadas las dimensiones mundiales que el transporte marítimo adopta, se ha considerado esencial definir los contornos de una disciplina uniforme de carácter internacional. La iniciativa ha sido tomada por la Organización Marítima Internacional. Esta última establece normas internacionales de seguridad que representan actualmente un parámetro único para todos aquellos que son partes en contratos de transporte marítimo.

 

Respeto del medio ambiente en los transportes de yates: una condición sine qua non que hay que respetar

Los transportes de yates y barcos por mar no podían mantenerse inmunes a la rígida normativa establecida por la UE para proteger el medio ambiente. Todo ello representa un bien, habida cuenta de que, por su naturaleza, el desplazamiento de barcos de grandes dimensiones, que en algunos casos pueden llegar a ser imponentes, puede ejercer un impacto nocivo en el medio ambiente. Por esa razón, urge poner a punto reglas y cánones bien precisos.

La propia Organización Marítima Internacional ha firmado precisos acuerdos internacionales al respecto. Entre ellos, no se puede dejar de mencionar la Convención para la Prevención de la Contaminación Causada por Naves (MARPOL). Una actuación importante y autorizada de la que ha derivado una rápida adecuación del derecho nacional italiano a dichos acuerdos. A tal efecto, la prevención de la contaminación en el mar se constituye hoy en día como paradigma privilegiado de la política italiana de transporte marítimo. 

La nueva disciplina de las operaciones aduaneras en el transporte de yates

Como bien se sabe, el transporte de yates y embarcaciones afines está obligado a respetar una serie de requisitos en relación con el despacho aduanero. Las aduanas - órganos operativos periféricos estatales - tienen asignadas funciones de control, supervisión y cumplimentación de todas las formalidades en relación con los movimientos desde y hacia el extranjero. Esto se aplica a personas, mercancías y, por supuesto, a los medios de transporte. La consecuencia, como es fácil imaginar, es que el transporte de embarcaciones por mar actualmente esté obligado a respetar al pie de la letra todo el corolario de leyes, directivas y demás disposiciones dictadas por la UE en materia de operaciones aduaneras.

El efecto de esa intervención es la obligación de gestionar unos trámites burocráticos como nunca antes se habían requerido. De ello se deriva una llamada al orden dirigida a todos los operadores marítimos y, en particular, a las empresas dedicadas al transporte de yates y embarcaciones de distintos tipos. La interpretación de los requisitos aduaneros, de ese modo, no resulta precisamente simple. Por fortuna, en el mercado hay quien ofrece un servicio de asesoría aduanera de import/export precisamente para hacer más simple y ágil la experiencia logística y de embarque.

 

Directiva 94/25: la importante novedad en el mundo de la náutica y del transporte de yates

No puede, ni debe, además, pasar inadvertida una de las intervenciones más importantes en tema de transporte de yates y libre circulación de embarcaciones por mar: La Directiva 94/25 Por efecto de las disposiciones que contiene, también la ordenación italiana tiene que seguir una nueva filosofía.

Cobra así vida un planteamiento renovado en relación con directivas comunitarias que se presentan, en su mayor parte, orientadas hacia la libre circulación no solo de bienes, sino también de personas y de servicios. Esos importantes cambios pueden resumirse en dos palabras: ningún Estado de la Unión Europea puede impedir la entrada en su territorio de un producto con la marca CE. Se hace así para evitar poner en peligro la seguridad y la salud de las personas o del medio ambiente. Está claro que es una gran oportunidad aunque, a la luz de los hechos, la verdad es que pocos operadores del sector han sabido aprovecharla. La normativa, que algunos consideran farragosa y fragmentaria, es en verdad el primer paso hacia una más amplia libertad de circulación de medios de transporte y de servicios. Nos preguntamos cuándo podrá experimentar este deseado cambio el sector del transporte de embarcaciones por mar. Con los datos en la mano, son realmente pocos los profesionales dedicados al transporte de yates y embarcaciones que han sabido sacar partido de estas nuevas oportunidades.


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